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Políticas de envío

I.

Para la entrega de su(s) paquete(s) es necesario proporcionar el folio/número de guía o el nombre del destinatario, así como una identificación oficial vigente.

II.

Cuando una persona distinta al destinatario quiera recoger un paquete, únicamente será entregado presentando una carta poder simple firmada por el destinatario y copia de su identificación oficial vigente.

III.

Si al momento de la entrega de su paquete resultare algún daño o faltante, el destinatario deberá hacerlo constar en ese acto en su folio/guía y el remitente deberá de formular su reclamación por escrito al permisionario dentro de los 15 días naturales siguientes al correo aclaraciones@uruz.mx.

IV.

En caso de demora en la entrega, URUZ no tiene responsabilidad ante pérdidas de ventas, ganancias, intereses, utilidades y/o pérdidas de mercado.

V.

En caso de que un paquete sea confiscado por alguna autoridad, los gastos de liberación de carga, transporte y/o personal de URUZ, correrán por cuenta del remitente.

VI.

Todo producto perecedero solo podrá ser enviado con servicio ocurre, en origen y destino, y viajaran por cuenta y riesgo del remitente. Deberá ser pagado en origen

VII.

¿Qué tipo de mercancía NO puedo enviar?

1.

Municiones, armas, explosivos.

2.

Materiales oxidantes, magnéticos o radioactivos.

3.

*Productos tóxicos, inflamables, corrosivos (Véase punto N° 2 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

4.

Vinos y licores (Bebidas alcohólicas en general).

5.

Enervantes, estupefacientes y drogas.

6.

Medicamentos controlados, de circulación restringida y sensibles a cambios de temperatura.

7.

Gases comprimidos (Gases líquidos, gases no líquidos, gases disueltos, etc.)

8.

Tanques para gas (Usados o con válvula).

9.

Productos tóxicos, inflamables, corrosivos, etc. (Cualquier producto que en sus etiquetas incluya rombo de seguridad)

10.

Mercancía sin guía de embarque.

11.

Carne seca de pescado y harina de pescado.

12.

Granos, frutas y productos a granel.

13.

Cajas o bultos abiertos y/o embalaje no adecuado.

14.

*Productos perecederos (Véase punto N° 1 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

15.

*Vehículos inducidos por su propio impulso: automóviles, montacargas, motocicletas, bicicletas, embarcaciones (Véase punto N° 13 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

16.

*Motores, maquinaria y equipamiento (Véase punto N° 15 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

17.

*Cabinas y cajas de vehículos (Véase punto N° 14 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

18.

*Cristalería (Véase punto N° 3 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

19.

*Autopartes (Véase punto N° 4 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

20.

*Menaje de casa, muebles de casa u oficina (Véase punto N° 31 de la lista de mercancía que viaja con la carta de liberación de riesgos).

21.

*Artesanías (Véase punto N° 18 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

22.

*Carretas para comida (Véase punto N° 16 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

23.

*Láminas y mallas metálicas (Véase punto N° 7 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

24.

*Pisos, láminas de acrílico, formica, losas de piedra o cerámica (Véase punto N° 6 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

25.

*Baterías (Véase punto N° 10 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

26.

*Equipo electrónico (Véase punto N° 23 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgo).

27.

*Instrumentos musicales (Véase punto N° 11 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos)

28.

Aeronaves.

29.

Ataúdes con cadáveres.

30.

Animales vivos o muertos.

31.

Mercancía extranjera sin documentos de importación.

32.

Mercancía falsificada (pirata).

33.

*Revolvedoras de cemento (Véase punto N° 35 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

34.

*Paneles solares (Véase punto N° 28 de la lista de mercancía que viaja con carta de liberación de riesgos).

35.

Plantas de energía eléctrica rodantes, generadores.

36.

Mercancía fuera de las condiciones de peso y volumen autorizadas (Alto: 170cm, ancho: 210cm, largo: 400cm/1.25 ton x pza.).

37.

Valores (Piedras preciosas, marfil, joyas, dinero, monedas, giros postales, etc.).

38.

Material pornográfico.

39.

Cajas de huevo.

40.

Pedacería de metal.

41.

Así como cualquier mercancía ilegal a lo establecido por las autoridades competentes tanto del país de origen como el de destino.

Nota:

Se considera producto perecedero a la mercancía que por sus características requiere de refrigeración durante el trayecto a sucursal destino y que no represente riesgos en su manejo y transportación, ni ocasione daños a otras mercancías. En caso de presentarse confusión en el criterio de que es transportable y no transportable, el gerente de la sucursal deberá expedir una carta responsiva como requisito indispensable para que viaje la mercancía. Una copia de dicha carta responsiva deberá ser enviada a más tardar al día siguiente, a la gerencia de operaciones.

VIII.

¿Qué tipo de mercancía puedo enviar, pero NO puedo asegurar?

*Es obligatorio firmar carta de liberación de riesgos.

1.

Productos perecederos (Alimentos, frutas, carnes, mariscos, medicinas, vacunas, etc., en hielera sólida de plástico, no unicel, con agente refrigerante [Bolsas de gel, hielo seco] y bien sellado, etiquetas de frágil y posición. Deberá de ser pagado en origen).

2.

Productos tóxicos, inflamables o corrosivos: cualquiera que contenga el rombo de seguridad (Aceites, grasas, líquidos, pinturas, barnices, químicos, productos de limpieza etc. SE DEBERÁ VALIDAR Y AUTORIZAR POR GERENCIA DE LOGÍSTICA U OPERACIONES.

3.

Cristalería: Centros de mesa, lámparas, parabrisas, artículos varios (envoltura plástica y/o burbuja, cartón, con huacal de madera o metal, bien sujetos al armazón e individuales y etiquetas de frágil y posición. Dentro de cajas, con envoltura individual, separadores de cartón y relleno).

4.

Autopartes: partes de colisiones, defensas, facias, rines, tableros, etc. (Envueltos en películas plástica o burbuja, utilizar cartón, dentro de un empaque con relleno, etiquetas de frágil y posición).

5.

Cerámica y artículos de barro: macetas, tazas, estatuas, techos, etc. (envoltura plástica o burbuja, cartón. Si es dentro de cajas, cada artículo con envoltura, separadores de cartón y relleno).

6.

Pisos, láminas de acrílico, formica, losas de piedra o cerámica (en huacal o tarima, cuidando no exceder el peso de 1.25 ton ni dimensiones, sujetos con fleje).

7.

Láminas y mallas metálicas (en huacal o tarima, bien sujetos con fleje, sin exceder peso ni dimensiones establecidas).

8.

Obras de arte, cuadros, esculturas de cualquier tipo, etc. (envueltos en película plástica o burbuja; protegiendo con cartón, o en huacal bien sujetos en caso de ser múltiples).

9.

Mercancía dañada, parcial o totalmente y mercancía incompleta.

10.

Baterías (Polos cubiertos, limpias, sin derrame y con tapa. En gran volumen, montar en huacal o tarimas, aseguradas con fleje, sin derrames y posición vertical. NO ESTIBAR).

11.

Instrumentos musicales (extremos bien protegidos, relleno y empaque adecuado, etiquetas de frágil y posición).

12.

Perfumería (envoltura individual en caso de ser varios artículos, empaque adecuado, relleno, separadores de cartón, etiquetas de frágil y posición).

13.

Automóviles, montacargas, motocicletas, bicicletas, embarcaciones, vehículos inducidos por su propio impulso (extremos bien protegidos con cartón, envoltura plástica y/o burbuja, en huacal de madera o metal, bien sujeto con fleje, etiquetas de frágil y posición, documentos de compra o factura) Montacargas con autorización.

14.

Cabinas y Cajas de vehículos (Extremos protegidos con cartón, cubierta de película plástica o burbuja, en huacal de madera o tarima bien sujeta con fleje, etiquetas de frágil y posición).

15.

Motores, maquinaria y equipamiento (Limpios sin derrame, en huacal o tarima, bien sujetos con fleje -NO ALAMBRE-, extremos bien protegidos, sin exceder dimensiones ni peso establecidos).

16.

Carretas para comida (Extremos protegidos con cartón, cubierta de película plástica o burbuja, preferentemente desarmada, en huacal de madera o tarima bien sujeta con fleje).

17.

Joyería de fantasía, bisutería, relojería (Empaque adecuado, relleno.

18.

Artesanías: antigüedades, obras de arte, curiosidades de cualquier material (extremos protegidos, película plásticas o burbuja, etiquetas de frágil y posición).

19.

Minerales no preciosos en bruto, concentrados y/o precipitados.

20.

Película virgen en rollos, rollos fotográficos, películas filmadas.

21.

Muestrarios de cualquier clase de bienes.

22.

Tarjetas de crédito, tarjetas para teléfono sim-card, memorias, tanto fijo como móviles y celulares.

23.

Equipo electrónico móvil, telefonía celular, smartphones, tabletas electrónicas, equipo de radiocomunicación, televisores, impresoras (Deberán de estar protegidas debidamente, relleno dentro de empaque, espuma rígida de polietileno, película plástica o burbuja, etiquetas de frágil, sujetos a tarima o huacal en caso de enviar equipo con mayores dimensiones).

24.

Contenedores/tanques vacíos limpios Tinacos, bidones, tótems, barriles, cubetas, botellas de plástico, etc.).

25.

Algodón y/o borras en pacas.

26.

Artículos de asbesto (Laminas) En tarima o huacal, cubiertos con envoltura plástica, bien sujetos con fleje).

27.

Estructuras metálicas y anuncios luminosos (envoltura plástica o burbuja, extremos cubiertos).

28.

Paneles solares (envoltura plástica y burbuja, separadores de cartón entre paneles, en huacal o tarima, bien asegurados con fleje, etiquetas de frágil, posición, estiba máxima).

29.

Antenas de comunicación (envoltura plástica o burbuja, extremos cubiertos).

30.

Cajeros automáticos (Cubierta plásticas, extremos protegidos, en huacal o tarima, sujetos con fleje y etiquetas adecuadas).

31.

*Menaje de casa, muebles de casa u oficina (En caso de enviar muebles desarmados, estos deberán de cumplir con empaque y embalaje adecuado a caja, paquete o bulto. Para mercancía ya armada: envoltura plástica y burbuja, cartón para los extremos, etiquetas de frágil y posición).

32.

Instrumentos de precisión: básculas, balanzas.

33.

Tabaco en rama.

34.

Revolvedoras de cemento (Extremos protegidos con cartón, película plástica o burbuja, sujetos si es posible a una tarima o huacal).

35.

Sacos y costales (Deberán de viajar en tarima, con separadores de cartón entre camas, no deberá sobrepasar altura de 1.70 m).